El TEPJF prohíbe propaganda en mañaneras durante campañas electorales

Cdmx.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estableció criterios para la transmisión de conferencias de prensa gubernamentales (incluye la presidencial) durante las campañas electorales.

Durante su sesión de este miércoles, la Sala Superior decidió revocar sanciones que su Sala Regional había impuesto a concesionarios de radio y televisión por la transmisión de la conferencias de prensa del presidente durante procesos electorales en los años 2019 y 2020.

En ese sentido fue que la Sala Superior decidió  establecer criterios para la transmisión de ese tipo de actos durante las campañas electorales. Para ello consideró que si bien las conferencias de prensa presidenciales son un nuevo modelo de comunicación gubernamental, en el que de forma diaria el mandatario expone temas en formato libre y da la palabra a los participantes, debe efectuarse dentro del marco constitucional y legal.

Así, ese ejercicio y otros del mismo tipo deben sujetarse a las restricciones de propaganda gubernamental en periodo electoral, a la prohibición de promoción personalizada y la neutralidad en el uso de recursos.

El TEPJF estableció que la propaganda gubernamental es “el ejercicio de información cuya naturaleza deriva de la intención de informar logros de gobierno, temas coyunturales de ejercicio gubernamental, datos o estadísticas de las actividades o programas gubernamentales y, en general, información relevante del actuar de un gobierno en activo con el fin de generar una imagen positiva de este ante la ciudadanía y el electorado”.

Además, los medios no tendrán responsabilidad en la difusión de una cobertura noticiosa en ejercicio de la libertad de expresión, mientras que serán los funcionarios quienes deberán cuidarse de emitir mensajes que puedan influir en las preferencias electorales.

Pero también las concesionarias que decidan transmitir las conferencias de prensa (parcial o completamente) en vivo podrían transgredir las disposiciones porque no podrán separar los contenidos propagandísticos.

El TEPJF aclaró cuatro puntos: no hay obligación legal de transmitir comunicaciones gubernamentales; las concesionarias de medios deben ser neutrales e imparciales; no están obligadas a transmitir propaganda del gobierno en entidades donde hay procesos electorales, y deben respetar las pautas ordenadas por el Instituto Nacional Electoral (INE).

Así, el TEPJF explicó que si un funcionario convoca, organiza o participa en una conferencia para difundir logros de gobierno durante las campañas y hasta la jornada electoral, viola la ley; la información que se difunda debe ser estrictamente institucional y sin elementos propagandísticos para influir en las preferencias electorales, y lo que se difunda en conferencias de prensa sólo debe tener fines informativos.

Con información de Etcétera