El tirano del sindicato SUTCECYTECH

El sindicato de maestros del SUTCECYTECH, está presentando una serie de irregularidades para llevar acabo el proceso de renovación de las mesas directivas sindicales, al presentar la convocatoria fuera de tiempo y forma, y de no existir democracia al interior del proceso por no poder registrar otra planilla, porque los mismos estatutos lo impiden.

Al interior del sindicato del  SUT CECYTCH, se respira un ambiente hostil, pues parece una película al mero estilo de la grilla política electoral, al presentarse una serie de irregularidades del “tirano” del CECYTECH, o bien al que por formalidad burocrática llaman: “Secretario General”, el Ing. Alonso Cuevas Salcido.

Este personaje, de manera vulgar hace, deshace y modifica los estatutos sindicales al mero estilo de de “Alito”, para la renovación de mesas directivas, ya que en el 2019 se reeligió sin antes haber publicado una convocatoria para realización de dicho proceso.

Los agremiados se preguntan…¿entonces para qué los estatutos? si los pueden violentar, manipular y pasarlos por el arco del triunfo. Cabe destacar, que no existe una “Toma de Nota” que avale su reelección, por lo tanto su periodo de mandato vigente sería hasta el 2023 pero como dicen en el pueblo, lo que mal empieza, mal acaba…

En el 2021 se hicieron votaciones para ser el titular ante el patrón -CECYTECH-, en la cual, Cuevas Salcido, hace mención a su reelección nuevamente como secretario general terminando su periodo en el 2025, de nueva cuenta violentando los estatutos y lo más grave, la ley federal del trabajo donde el articulo 75 menciona que desde el año 2019 no puede haber reelección dentro de los sindicatos, aquí la pregunta; ¿dónde está la autoridad, la Fiscalía Especializada en combate a la corrupción, Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, Secretaría de la Función Pública?

La duda que incomoda y preocupa a los más de 700 sindicalizados, bueno, pocos más pocos menos, dejando de lado y haciéndose de la vista gorda a los allegados del Ing. Canallín, pues podría ser los intereses económicos que representa el estár al frente del cargo, las ansiadas cuotas sindicales o como las llaman en su dictadura, “cuotas sociales”, vendría a bien que se especificara y transparentaran, que se aclare en qué se utilizan dichas captaciones económicas desde que inició la “dictadura” del Ing. Canallín, porque no es un secreto a voces que nunca se ha presentado algún informe donde se rindan cuentas y se especifique en qué se utiliza tan preciado recurso, que quincena tras quincena “serruchan” a sus agremiados, ¿seremos espectadores de tan terrorífica película que por el bien de los maestros no termine siendo una serie de varias temporadas?

Otra irregularidad marcada, es la realización de asambleas extraordinarias por medio de la aplicación de videollamadas Meet, donde se somete a votación la convocatoria ya existente  sin presentar algún documento oficial que avale la pertenencia al sindicato, esto quiere decir que cualquier persona puede entrar a la asamblea, quedando la incertidumbre, pues nadie supervisa la legalidad el proceso. Nadie sabe en realidad la totalidad de los participantes, cualquiera puede entrar a esas videollamadas, no se verifica que todos sean agremiados, ya que la mayoría de los activos no encienden la cámara de sus dispositivos, solo emiten su voto el lo oscurito.

El articulo 69 de la ley federal del trabajo, indica que los agremiados tienen derecho a formar parte de un sindicato y a construir un sindicato, sin necesidad de autorización previa. Es muy preciso este articulo al decir que: La elección de las directivas sindicales se hará mediante voto personal, libre, directo y secreto de los afiliados, previa convocatoria que se emitirá con una anticipación no menor a quince días, y que se difundirá entre todos los miembros del sindicato. El sindicato deberá notificar la convocatoria al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje con la misma anticipación, el cual podrá verificar el procedimiento de elección por conducto de los servidores públicos o fedatarios que designe para tal efecto. Las elecciones que no cumplan estos requisitos serán nulas.