La Suprema Corte ampara a Rarámuris e invalida decreto a favor de mineras para uso del Río Fuerte

La comunidad Rarámuri de El Trigo se encuentra en el municipio de Uruachi 

Cdmx.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha anulado el decreto que permitía a las mineras Coeur Mexicana y El Fresnillo utilizar las aguas del río Fuerte con fines industriales, a pesar de ser un sistema hidrológico crucial para la cultura de la comunidad rarámuri.

Los ministros de la Primera Sala de la SCJN respaldaron de manera unánime el proyecto presentado por la ministra Margarita Ríos Farjat, el cual sostiene que la comunidad rarámuri de El Trigo debería haber sido consultada antes de la emisión del decreto que autorizó la utilización de la reserva de agua para actividades industriales mineras.

Emitido en 2016, dicho decreto sirvió de base para que la Comisión Nacional del Agua (CNA) otorgara títulos para el uso y la explotación industrial de las aguas superficiales de la cuenca.

Los rarámuris dependen del río Fuerte para obtener agua y alimentos, siendo este también parte integral de su patrimonio cultural y religioso.

En respuesta, presentaron una demanda de amparo argumentando que debieron ser consultados previamente. A pesar de ello, un juez de distrito desestimó el amparo, alegando que la comunidad carecía de derecho legal para demandar, argumentando que los títulos de concesión y su registro no les afectaban al no tener repercusiones en el territorio ocupado por los rarámuris.

La Corte ha ordenado a las autoridades llevar a cabo la consulta que debieron realizar antes de la emisión del decreto, concluyendo que corresponde invalidar tanto el decreto como las concesiones en disputa para que las autoridades pertinentes realicen la consulta previa correspondiente.